Folleto para Vendedores Ambulantes
Categoría I – puestos móviles motorizados de venta de productos no alimenticios
Categoría II – puestos móviles motorizados de venta de productos alimenticios
Categoría III – vendedor ambulante independiente de: helados, maníes, frankfurter y productos farináceos, etc.
Categoría IV – Barométricas
Los vendedores ambulantes deberan tener permiso para realizar dicha tarea
1. Solicitud de Permiso de Vendedor Ambulante o Barométrica
Cuando un Contribuyente desea el otorgamiento de Permiso de Vendedores Ambulantes o Barométricas debe presentarse en la Oficina de Habilitaciones Comerciales (edificio central o juntas locales) con la siguiente documentación:
Certificado de BPS (categorías I, II y IV)
Certificado de DGI (categorías I, II y IV)
Carnet de salud
En caso de que el solicitante no presente alguno de los documentos no se inicia el trámite.
El funcionario Completa el Formulario de Solicitud de Permisos a Vendedores Ambulantes o Barométricas, lo imprime, lo hace corroborar y firmar por el solicitante. Este formulario es una declaración jurada
Internamente se direcciona a los sectores que efectúan la inspeccion de acuerdo a:
Categoría I – Ordenamiento territorial - Inspecciones Generales
Categoría II – Ordenamiento territorial - Laboratorio Bromatológico
Categoría III – Ordenamiento territorial - Laboratorio Bromatológico o Inspecciones Generales
Categoría IV – Tránsito
En el caso en que haya algún problema en el local que sea solucionable el Inspector notifica al solicitante y le da un plazo para solucionarlo.
En base a los informes presentados por los departamentos que realizaron la inspeccion la Oficina de Habilitaciones otorga el Permiso previo pago de la tasa cuando corresponda.
En caso de informes negativos se comunica de la imposibilidad de de dar el permiso
Los Permisos son precarios, revocables e intransferibles.
La renovación se debe realizar anualmente. Para renovar el Permiso se deberá tramitar como la primera vez.



































