Descripción de imagen
  • Uruguay
Hasta el 30 de marzo de 2023

Desvinculación de un titular de un vehículo

07-02-2023 | 06:02:21 PM

Tamaño de Fuente Tamaño de Fuente Tamaño de Fuente Imprimir

La División de Tránsito y Transporte del Gobierno de Rocha anuncia la prorroga del plazo del artículo 6º del Registro de Vehículos del SUCIVE que habilita la desvinculación de un titular de un vehículo por su sola declaración jurada, hasta el 30 de marzo de 2023 en las mismas condiciones y formalidades que las aplicadas hasta ahora.

“ARTICULO 6 EMPLAZAMIENTO DE OFICIO Se emplaza… a presentarse ante las Intendencias donde esté empadronado un automotor de cualquier categoría, a todos los contribuyentes que por su sola voluntad, decidan desvincularse del mismo sin otra condición que su declaración jurada. Quienes no se presenten en el plazo fijado y resulten vinculados a un automotor, se los considerará responsables de los tributos que el mismo haya devengado, así como de las responsabilidades civiles y penales derivadas de su inscripción en el RVSLa Oficina de Tránsito verificará que la persona que solicita una desvinculación lo haya hecho por declaración jurada, quedando –en el caso de registrarse endeudamiento por tributos- imputados a la cuenta fiscal del automotor.

Si existieran multas de tránsito en la cuenta del vehículo, vinculadas a una cédula de identidad a nombre de quien se desvincula, deberán abonarse previamente o ser convenidas mediante el sistema de financiamiento del SUCIVE.

La declaración jurada deberá tener certificación notarial de la firma

Adjuntos

Imagenes

Vinculos