A los carniceros que lleven animales a faenar al Departamento de Maldonado y regresen con carne faenada.
Exoneración del pago de la Tasa Bromatológica
	-RESOLUCION N№1533/2024.
	
	Rocha, 07 JUN 2024
	
	VISTO: la Resolución 1137/2024 del 29/4/2024, por la cual se remite mensaje a la Junta Departamental de Rocha a los efectos de que la misma habilite la exoneración del pago de la Tasa Bromatológica a los carniceros que lleven animales a faenar al Departamento de Maldonado, y regresen con carne faenada, y a los efectos de la exoneración, la misma se otorgará exclusivamente a las carnicerías habilitadas por los organismos correspondientes; el traslado de regreso de la carne faenada debe realizarse en vehículos habilitados a dicha efecto; y se deberá controlar que la carne que se ingresa proviene de los mismos animales llevados a la faena, y que el kilaje a ingresar es el equivalente a la res faenada, lo que podrá hacerse con el parte de faena correspondiente.
	
	CONSIDERANDO: que el Legislativo Departamental se expide a través del Decreto Departamental Nº 3 / 2024 de fecha 28 de mayo de 2024. correspondiendo proceder a su promulgación.
	ATENTO: a sus facultades.
	
	EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE ROCHA RESUELVE:
	
	1°) Promulgar el Decreto Departamental N°3/2024 del 28 de mayo de 2024, respecto a la exoneración de pago de la Tasa Bromatológica a los carniceros que lleven a faenar a Maldonado y regresen con carne faenada.
	
	2°) Registrese, publicar a través de la Secretaría de Comunicaciones, pase a la Dirección de Fiscalización de Ingresos Registro y Liquidaciones para conocimiento, difusión a las carnicerías habilitadas, y a quienes entienda corresponda, siga a la Dirección General de Hacienda y a conocimiento y registro de la División Juridica. AUC/jos


 
			 
			 
			 
			 
			 
			










 
			










